(RD 1890/2008 Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior)
En la redacción de proyectos de Iluminación Exterior se deberá considerar, además del Reglamento de Baja tensión, el Reglamento de Eficiencia Energética en instalaciones de Alumbrado Exterior, de obligado cumplimiento en instalaciones de alumbrado exterior con más de 1 KW de potencia instalada.
Este reglamento fija mediante 7 Instrucciones Técnicas los siguientes aspectos:
ITC-EA-01 .- Eficiencia Energética: fija la eficiencia energética mínima de las instalaciones de alumbrado exterior e introduce la obligatoriedad de generar la etiqueta energética de la instalación de Alumbrado Exterior.
ITC-EA-02 .- Niveles de Iluminación: establece además de los niveles de iluminación otros aspectos relacionados con la calidad y confort de los usuarios como uniformidad, deslumbramiento, relación con el entorno etc.
ITC-EA-03 .- Resplandor Luminoso Nocturno y Luz Intrusa o Molesta: en esta Instrucción se fijan los límites del Resplandor Luminoso Nocturno comúnmente conocido como Contaminación Lumínica, y para la luz intrusa o molesta que pueda afectar a residentes de la zona o ciudadanos.
ITC-EA-04 .- Componentes de las Instalaciones: fija las características mínimas de seguridad, calidad y eficacia que deben cumplir todos los componentes desde las propias lámparas o luminarias, hasta los equipos auxiliares, sistemas de accionamiento o de regulación cuando sean requeridos.
ITC-EA-05 .- Documentación Técnica, Verificaciones e Inspecciones: establece el contenido que deberá incluir el proyecto de instalación de alumbrado exterior o la memoria técnica de diseño según se requiera en cada caso, así como el régimen de verificaciones e inspecciones según la tipología de instalación.
ITC-EA-06 .- Mantenimiento de la Eficiencia Energética de las Instalaciones: además de fijar el método de cálculo del factor de mantenimiento de la instalación a aplicar en el diseño y dimensionamiento de la instalación, establece también las operaciones mínimas de mantenimiento y su control documental.
ITC-EA-07 .- Mediciones Luminotécnicas en las Instalaciones de Alumbrado: esta última instrucción establece la metodología de trabajo en las verificaciones e inspecciones de las Instalaciones de Alumbrado Exterior.
ITC-EA-01 .- Eficiencia Energética
La Eficiencia de una Instalación de Alumbrado viene fijada por la relación entre la energía consumida y la luminosidad que realmente se obtiene, por lo que en su valor intervienen tanto la lámpara como la luminaria e incluso todos los equipos auxiliares.
La Eficiencia mínima de la Instalación de Alumbrado dependerá del tipo de Instalación y el uso al que se destine:
- Instalaciones de Alumbrado Vial Funcional: instalaciones de alumbrado de autopistas, carreteras, vías urbanas etc.
- Instalaciones de Alumbrado Vial Ambiental: instalaciones de alumbrado de vías peatonales, aceras, parques y jardines etc.
- Otras Instalaciones de Alumbrado Exterior: como alumbrado ornamental, alumbrado para vigilancia y seguridad nocturna, señales y anuncios luminosos etc.
- Instalaciones de Alumbrado Festivo y Navideño: en este tipo de instalaciones únicamente se fija la potencia mínima de las lámparas y la potencia máxima a instalar por unidad de superficie.
Esta Instrucción también establece la obligatoriedad de calificar la instalación en función de su índice de eficiencia energética, comparando este índice con el de una instalación de referencia y obteniendo una etiqueta que permita caracterizar de manera sencilla el consumo de energía de la instalación de alumbrado exterior (quedan exentas de este requisito las instalaciones de alumbrado de señales, anuncios luminosos y alumbrados festivos y/o navideños.
ITC-EA-02 .- Niveles de Iluminación
La norma establece requisitos específicos en función del tipo de instalación o uso al que se destina. Haremos una breve exposición de cada uno de ellos.
-ALUMBRADO VIAL:
El nivel de iluminación requerido por una vía depende de múltiples factores que quedan fuera del alcance de este texto, en la norma se explica de manera sencilla las características y requisitos a considerar en función de la velocidad del tráfico, densidad, número y anchura de carriles etc, para mayor información se recomienda también consultar las normas de la serie UNE-EN 13201 “Iluminación de Carreteras”.
-ALUMBRADO ORNAMENTAL:
Fija los valores de referencia de los niveles de iluminancia media en servicio, con mantenimiento de la instalación, del alumbrado ornamental en función del material del elemento a resaltar, el nivel de iluminación de los alrededores el tipo de lámpara a instalar.
-ALUMBRADO PARA VIGILANCIA Y SEGURIDAD NOCTURNA:
En la Iluminación de fachadas, establece los valores de referencia de los niveles de iluminancia media vertical en fachada del edificio y horizontal en las inmediaciones del mismo, en función de la reflectancia o factor de reflexión de la fachada.
En áreas iluminadas con fines de seguridad y vigilancia durante la noche se fijan los niveles medios de iluminancia en función del riesgo de la zona, introduce también la posibilidad de utilizar detectores de presencia.
-ALUMBRADO DE SEÑALES Y ANUNCIOS LUMINOSOS:
Establece los niveles de luminancia máxima de señales y anuncios luminosos en función de su superficie total garantizando que no se sobrepasan los niveles máximos permitidos en zonas peatonales.
-ALUMBRADO FESTIVO Y NAVIDEÑO:
Establece los niveles de luminancia máxima de señales y anuncios luminosos en función de su superficie total garantizando que no se sobrepasan los niveles máximos permitidos en zonas peatonales.
-DESLUMBRAMIENTOS:
Establece también los límites de deslumbramientos permitidos distinguiendo entre Instalaciones de Alumbrado Vial Funcional, Instalaciones de Alumbrado Vial Ambiental u otras Instalaciones de Alumbrado Exterior.
-NIVELES DE ILUMINACION REDUCIDO:
Por último se introduce el requerimiento de limitar los nieves de iluminación a ciertas horas de la noche, con la finalidad de ahorrar energía, disminuir el resplandor luminoso nocturno y limitar la luz molesta, en instalaciones de alumbrado vial, alumbrado especifico, alumbrado ornamental y alumbrado de señales y anuncios luminosos, con potencia instalada superior a 5 KW.
ITC-EA-03 .- Resplandor Luminoso Nocturno y Luz Intrusa o Molesta
Esta instrucción limita el resplandor luminoso, comúnmente conocido como contaminación lumínica, en instalaciones de alumbrado festivo y navideño, los valores limites dependerá de la luminosidad del área en el que se encuentra la instalación.
También se establece que en las áreas con entornos o paisajes oscuros solo se podrán emplear lámparas de vapor de sodio, aunque cuando no resulte posible utilizar dichas lámparas, se procederá a filtrar la radiación de longitudes de onda inferiores a 440 nm.
Adicionalmente con el objeto de minimizar los efectos de la luz intrusa o molesta se establece unas limitaciones adicionales en cuanto a Iluminancia vertical en ventanas, Luminancia, Luminancia Media, Luminancia máxima o el Incremento Umbral de contraste.
ITC-EA-04 .- Componentes de las Instalaciones
En esta Instrucción se definen las características mínimas que deben tener o cumplir los componentes de la instalación de alumbrado como puedan ser las propias lámparas, luminarias, proyectores y equipos auxiliares.
También establece la necesidad de contar con sistemas de accionamiento que garanticen que las instalaciones de alumbrado exterior se enciendan y se apaguen con precisión a las horas previstas cuando la luminosidad ambiente lo requiera con el objetivo de ahorrar energía. En concreto si la instalación tiene una potencia instalada superior a 5KW deberá incorporar un sistema de accionamiento por reloj astronómico o sistema de encendido centralizado, mientras que en instalaciones de 5 KW o menos podrá utilizarse también un sistema de accionamiento mediante fotocélula.
Por ultimo define en mayor detalle los requerimientos de introducir niveles de iluminación reducido establecidos en la instrucción 2, en concreto se detalla que los sistemas de regulación del nivel luminoso deberá permitir la disminución del flujo emitido hasta un 50% del valor de servicio normal, manteniendo la uniformidad de los niveles de iluminación, mientras que los sistemas que permitan llevar a cabo esta disminución estarán formados por balastros serie de tipo inductivo para doble nivel de potencia, reguladores – estabilizadores en cabecera de línea o balastros electrónicos de potencia regulable.
ITC-EA-05 .- Documentación Técnica, verificaciones e Inspecciones
Se establece en primer lugar el contenido que deberá incluir el Proyecto o Memoria técnica de Diseño según se requiera en cada caso.
También establece el régimen de verificaciones e inspecciones siendo este:
- Verificación Inicial: previa a su puesta en servicio. Todas las Instalaciones
- Inspección Inicial: previa a su puesta en servicio. Las Instalaciones de más de 5KW de potencia instalada.
- Verificaciones cada 5 años: las instalaciones de hasta 5 KW de potencia instalada.
- Inspección cada 5 años: las instalaciones de más de 5 KW de potencia instalada.
La verificación de la instalación de alumbrado, tanto inicial como periódica, a realizar por el instalador autorizado, comprenda las siguientes mediciones:
- Potencia eléctrica consumida por la instalación.
- Iluminancia media de la instalación.
- Uniformidad de la instalación.
La Inspección de las instalaciones, tanto inicial como periódica, a realizar por el organismo de control, incluirá las siguientes medidas adicionales:
- Luminancia media de la instalación.
- Deslumbramiento perturbador y relación entorno SR.
Como resultado de la inspección o verificación, el organismo de control o el instalador autorizado, emitirá el certificado de inspección o de verificación respectivamente, con la calificación que podrá ser:
- Favorable: cuando no se determine la existencia de ningún defecto muy grave o grave.
- Condicionada: cuando se detecte la existencia de, al menos, un defecto grave, o defecto leve procedente de otra inspección anterior que no se haya corregido.
- Negativa: cuando se observe al menos un defecto muy grave.
ITC-EA-06 .- Mantenimiento de la Eficiencia Energética de las Instalaciones
En primer lugar se define la metodología de cálculo del factor de mantenimiento a emplear en los cálculos de la instalación de alumbrado.
También introduce la obligatoriedad de contar con un plan de mantenimiento de cuya ejecución será responsable el titular de la instalación,. Las mediciones eléctricas y luminotécnicas incluidas en el plan de mantenimiento serán realizadas por un instalador autorizado en baja tensión, qude bera lelvar un registro de las operaciones de mantenimiento.
ITC-EA-07 .- Mediciones Luminotécnicas en las Instalaciones de Alumbrado
En esta última instrucción se describen las medidas luminotécnicas correspondientes a las verificaciones e inspecciones de las instalaciones de alumbrado exterior.